miércoles, 9 de mayo de 2012

En Chile diputado quería contratar a su pareja con fondos públicos.


La última de las resoluciones adoptada en las sesiones del 19 de enero, y el 8 y 15 de marzo de 2012, responde a la solicitud realizada por el diputado Alberto Robles, quien pidió al Parlamento  "bajo el amparo del reglamento a que se refiere  el artículo 3° A de la ley N° 18.918", que accediera a la contratación de su pareja, la cual trabajaba con el legislador hasta el 10 de marzo de 2012, con cargo a su asignación para personal de apoyo.
La instancia explica, que en este caso la ley, "al regular con estrictez la contratación de cónyuges y parientes  con cargo a recursos públicos, ha querido, por una parte, evitar todo tipo de  colusión que pueda importar un perjuicio fiscal, y, por la otra, hacer efectivo el principio de probidad consagrado en la Constitución Política".
En la oportunidad, la comisión de Etica rechazó de forma unánime el planteamiento, del legislador, debido a que al evaluar la situación presentada por Robles, los legisladores plantearon que no se especifica que la pareja "o el propio parlamentario se encuentre en alguna condición de excepcionalidad, sino, por el contrario, se desprende de sus notas que, de no darse la relación personal existente entre ellos, este sería un contrato de trabajo común y corriente".
Asimismo, se precisa que la contratación se justifica "cuando concurran circunstancias excepcionales que lo hagan necesario y siempre que se ajusten a condiciones de equidad  similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado".
Dentro del fallo se acota que "al someter el diputado Robles este asunto al conocimiento y decisión de esta Comisión, está actuando con irrestricto apego al referido principio y, por lo mismo, queda plenamente sometido a la decisión que este órgano adopte frente a su presentación".
Finalmente, la Comisión también sentenció que "en el caso en la especie debe someter la presentación del referido parlamentario a los mismos controles y exigencias que si la persona a contratar fuera su cónyuge o un pariente", y que para la situación descrita por el diputado, no procedía.
Fuente: tercera.com

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